El 8 de septiembre del año 2020 entró en vigencia la denominada la Ley de Portabilidad Financiera, la cual busca flexibilizar, abaratar y simplificar los trámites asociados a refinanciamientos de deudas y al cambio de productos bancarios en general.
La idea principal es que las deudas y servicios pueden portarse de una institución bancaria a otra, de manera similar a la que un cliente porta su número de teléfono de una compañía a la otra, con la finalidad de obtener un servicio un mejor servicio (menor precio, mejores condiciones, etc.) en una nueva institución. En su mensaje se instalaba el concepto de “proveedor de servicios financieros”.
La Ley crea un Proceso de Portabilidad Financiera, en el cual el cliente interesado en cambiar a una nueva institución financiera podrá solicitar un certificado de liquidación con la información de sus productos bancarios para posteriormente solicitar ofertas de portabilidad a otras instituciones.
Es particularmente destacable, que la Ley pone sobre la nueva entidad financiera la carga de gestionar los trámites asociados al pago y cierre de los productos que se tenían con la institución primitiva (a través de una orden de cierre), lo que aliviana mucho la tramitación de este tipo de asuntos a los clientes.