Hoy queremos abordar las preguntas y respuestas más frecuentes sobre este subsidio, recuerda que si tienes más dudas nos puedes contactar.
¿Cuál es el precio máximo de la propiedad que puedo comprar?
Para el Tramo 1, el valor de la propiedad no puede superar las 1.100 UF
Para el Tramo 2, el valor de la propiedad no puede superar las 1.600 UF
Para el Tramo 3, el valor de la propiedad no puede superar las 2.200 UF
Lo anterior, tiene excepciones para determinadas zonas del país.
¿Cuál es el aporte máximo y mínimo?
Para el Tramo 1, el aporte del subsidio al precio a pagar por la vivienda es fijo y es de 600 UF, sin importar el precio de la vivienda. Mientras que para el Tramo 2 y el Tramo 3, el aporte de subsidio es variable y dependerá del precio de la vivienda, entre más cara es la propiedad menor es el aporte del subsidio.
El aporte mínimo en el Tramo 2 es de 250 UF y el máximo de 550 UF. En el Tramo 3 el aporte mínimo es de 250 UF y el máximo de 400 UF.
¿Cómo calculo el aporte de subsidio? (Tramo 2 y 3)
La aplicación de la fórmula debe respetar los mínimos y máximos antes indicados, pero es la siguiente: (850 – 0,375 * Precio Vivienda) UF.
Ej.: La vivienda vale 1300 UF
1300 x 0,375= 487,5 UF
Luego, 850 UF – 487,5 UF = 135 UF.
Monto del subsidio: 237 UF.
¿Qué requisitos debe cumplir el inmueble?
Para utilizar el subsidio habitacional DS01 en la adquisición de una propiedad, ésta debe reunir los siguientes requisitos:
- Estar dentro del rango de precios arriba indicados.
- Tener destino habitacional.
- Tener sus superficies regularizadas.
- Estar acogida o ser susceptible de acogida al DFL2.
Si estás pensando en comprar o vender con subsidio habitacional y aún tienes dudas, contáctanos.