A la hora de contratar un crédito hipotecario debes tener presente que la ley te obligará a que junto al crédito contrates los siguientes seguros:
> Seguro de Desgravamen, el cual está destinado a cubrir el saldo de la deuda del crédito hipotecario una vez producida la muerte natural o accidental de quien lo haya contratado.
> Seguro Incendio y Sismo, el cual está destinado a cubrir los daños causados por la ocurrencia de un incendio y/o sismo. Ten presente que se está asegurando la estructura del inmueble, y no su contenido, lo que es materia de otro seguro.
Junto a tus seguros obligatorios tiene plena libertad de contratar otros seguros que te parezcan necesarios.
Existen además 2 seguros obligatorios para el caso de las compraventas con subsidios, en tales casos se debe además contratar un seguro de cesantía (el cual es pagado por el Estado) y el seguro de incapacidad temporal 2/3, que cubre la invalidez total o permanente de dos tercios de la capacidad intelectual o física del asegurado.