En la publicación pasada, encontrarás una descripción de los regímenes matrimoniales y de unión civil que tenemos en Chile. Tanto en el matrimonio, como en la unión civil podemos encontrarnos con alternativas que ya son una comunidad y con otras que mantienen los patrimonios individuales y separados de cada persona.
Hoy quiero referirme al caso de las parejas que por su régimen están separadas de bienes y a aquellas que son parejas de hecho y no tienen vínculo legal por lo que mantienen patrimonios individuales. Para estos casos, comprar una vivienda en común puede llegar a ser un tema, pero te explicaré 3 alternativas sencillas y utilizadas para comprar en comunidad entre ambos:
1. Solicitar ambos un crédito hipotecario.
Este es el primer caso y se puede hacer cuando ambos perciben renta acreditable. Lo que sucederá es que los dos serán titulares del crédito. Si vas a tomar esta opción, por favor PON MUCHA ATENCIÓN a que realmente los dos estén en calidad de compradores, porque algunas veces sucede que uno queda como comprador y otro como fiador o codeudor solidario y -como vimos el lunes y martes- el fiador o codeudor solidario jamás llega a ser dueño.
2. Indicar que uno de los dos aporta la cuota contado.
Esta alternativa rara vez se ofrece, pero es muy posible. Para el caso en que uno de los dos no tenga renta y no pueda ser sujeto de crédito, se puede estipular en la escritura que él aporta una parte del precio. De esta forma, se hará dueño hasta el porcentaje de su aporte.
3. Comprar para ambos.
Esta es la forma más sencilla, pero puede ser difícil de realizar cuando existe un banco financiando la compra. Sin embargo, si se compra sin crédito hipotecario, nada obsta que en la escritura se señalada que ambos compran y adquieren para sí el inmueble.
En estas materias muchas veces se pueden conseguir opciones creativas que permiten ajustar la realidad legal a tus expectativas, y como abogada, tengo la convicción de que para eso estamos los asesores legales.